lunes, 24 de enero de 2011

NORMALIZACIONES DE ASOCIACIONES CIVILES CON PERSONERIA JURIDICA

ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN EN OFICINAS DELEGADAS:

Toda documentación o entrega de libros que se haga por la Oficina Delegada deberá efectuarse por acta confeccionada por duplicado, que se agregara a los actuados, en donde deberá constar el nombre, apellido y documento nacional de identidad de quien recibe, que deberá ser persona autorizada y/o representante legal de el Entidad, así como las descripciones de los libros entregados y/o documentación en su caso con indicación de cantidad de fojas y detalle de su contenido.-


DEPARTAMENTO DE ASESORAMIENTO A ASOCIACIONES CIVILES SIN FINES LUCRO Y SEGUIMIENTO DE LOS CONVENIOS CON LOS MUNICIPIOS.

A LOS FINES DE LA NORMALIZACIÓN SE DEBERÁ PRESENTAR

a) Acta de asamblea de socios autoconvocados anteriores a la fecha de la deuda registrada ante el Dto. de Contralor, del seno de la cual surja la designación de tres o cuatro socios normalizadores, que hayan sido fundadores o miembros de la última Comisión Directiva registrada ante esta Dirección Provincial, suscripta por los asambleistas. Los socios autoconvocados deben superar el número de miembros titulares y suplentes de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas.-
b) Conjuntamente con el Acta de Asamblea se deberá presentar nota suscripta por los socios normalizadores designados en la mencionada asamblea, con sus firmas certificadas, en la cual se soliciten los lineamientos para la normalización y manifiesten si existen libros sociales y contables rubricados ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Asimismo deberán constituir domicilio a los fines del tramite de normalización.
c) Fotocopia del Acta Constitutiva, Estatuto Social y reformas inscriptas ante esta Dirección Provincial.-


DEPARTAMENTO CONTRALOR


- VERIFICAR QUE LAS INSTITUCIONES HAYAN EFECTUADO EL TRÁMITE OBLIGATORIO DE REEMPADRONAMIENTO (ver Resolución Ministerio de Justicia nro. 15/08, Disposición nro. 5/08 e instructivos en trámites posteriores al 28/11/08), ADJUNTAR COPIA DEL RECIBO DE INICIO DE TRAMITE que se inician con posterioridad al 28 de noviembre de 2008.-

- REVISAR QUE LA DOCUMENTACION PRE Y POST ASAMBLEARIA SE ENCUENTRE COMPLETA Y CONFORME LO DISPONE EL ARTICULO 29 DE LA DISPOSICION NRO. 12/03.-

- CERTIFICADO DE VIGENCIA: COTEJAR QUE SE ENCUENTRE ACORDE A LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA EL MISMO DE ACUERDO LO ESTABLECE LA DISPOSICION NRO. 64/08.-

- QUE EN LA DOCUMENTACIÓN REMITIDA FIGURE NÚMERO DE LEGAJO Y/O MATRÍCULA PARA FACILITAR SU BÚSQUEDA.

- EVACUAR CONSULTAS DE LOS ADMINISTRADOS.

- EN LO SUCESIVO INFORMAR A LOS ADMINISTRADOS QUE LAS INTIMACIONES VAN A SER REMITIDAS A LAS DELEGACIONES PERTINENTES Y NO ASI AL DOMICILIO INSCRIPTO EN ESTA DIRECCIÓN PROVINCIAL










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